El Tribunal Oral Federal N° 1 de Córdoba capital aceptó el ofrecimiento de 600 mil pesos de un arquitecto imputado por haberse apropiado ilegalmente de los aportes de empleados de su empresa, y lo sobreseyó.
La jueza Cristina Giordano homologó el acuerdo pactado entre la defensa del arquitecto Marcelo Sebastián Gómez Guajardo, a cargo de Juan Alberione, y la auxiliar fiscal de la Unidad Fiscal de Medidas Alternativas al Proceso Penal, Lorena Martelli.
La causa del arquitecto en Córdoba
La investigación comenzó cuando el fiscal federal N° 1, Enrique Senestrari, acusó a Gómez Guajardo, por entonces presidente y socio de la firma El Publicón SA. De acuerdo con el Boletín Oficial de Córdoba, la empresa fue constituida por el arquitecto y su socio y director suplente, Cristian Adrián Marcucci, para prestar servicios inmobiliarios y de construcción.
Ambos habrían retenido a los empleados 116.921 pesos en concepto de aportes de la seguridad social (aportes) en septiembre de 2017. Vencido el plazo para depositar los fondos, ambos se abstuvieron de hacerlo, pese a contar con el dinero para cumplir con la obligación.
Marcucci ya había ofrecido un aporte dinerario en concepto de reparación, para cerrar la causa y evitar el juicio. El Juzgado Federal N° 1 hizo lugar a la reparación en mayo pasado, pero el fiscal se opuso.

Luego, la Cámara Federal de Apelaciones declaró desistido el recurso. De este modo, Marcucci fue sobreseído tras abonar la cifra imputada ($ 116.921), los intereses resarcitorios ($ 32.141) y punitorios ($ 220.686).
En el caso de Gómez Guajardo, su abogado presentó un escrito ante el Tribunal N° 1, mediante el cual solicitó la extinción de la acción penal por reparación integral del perjuicio. El imputado ofreció un único pago de 600 mil pesos que, según precisó, fue determinado tomando como base el importe originario reprochado por el fisco, actualizado a la fecha, y considerando que la retención se habría realizado conjuntamente entre Gómez Guajardo y Marcucci.
La auxiliar fiscal de Medidas Alternativas al Proceso Penal, Martelli, solicitó a la jueza que se hiciera lugar a la propuesta y que, una vez abonada la suma, se dictara su sobreseimiento. Analizó el tipo de delito, la levedad del daño, las características personales del acusado y la ausencia de antecedentes penales computables en su contra.
Martelli mantuvo comunicación con la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca), a los fines de conocer la situación actual del contribuyente y la eventual aplicación de esta salida alternativa. El fisco respondió que el concepto reclamado se encontraba regularizado (mediante pago total efectuado en 2021), sin saldo deudor respecto de la deuda tributaria ni de los aportes de obra social retenidos y no ingresados en 2017.
La auxiliar fiscal sugirió que el importe ofrecido por el arquitecto fuera asignado al Centro de Promoción del Adulto Mayor (Cepram), una institución dedicada a la promoción y protección de los derechos humanos de las personas mayores.
Sobreseimiento
En la audiencia ante el tribunal, Martelli se pronunció de manera favorable a la pretensión de la defensa. Señaló que, si bien la reparación integral no está prevista como una de las causas de disponibilidad de la acción penal establecidas en el artículo 30 del Código Procesal Penal Federal, se trata de una herramienta idónea para resolver el conflicto penal y de esta forma encontrar la armonía entre sus protagonistas y la paz social.
Concluyó que la propuesta era adecuada al perjuicio, por lo que solicitó a la jueza el sobreseimiento. El defensor Alberione hizo una breve referencia a la reparación y la jueza lo sobreseyó, tras corroborar la transferencia de los $ 600 mil a Cepram.






















