En el marco de un juicio muy particular y realizado a puertas cerradas en los Tribunales II de Córdoba, un comerciante chino de 46 años fue condenado por abuso sexual en contra de una joven de 19 años y que era empleada de su supermercado en la Capital.
Song Wan fue declarado culpable por el juez Cristrian Griffi, de la Cámara 5ª del Crimen, de los delitos de abuso sexual simple y de lesiones leves y agresión calificadas por mediar violencia de género y coacción.
El comerciante, quien estaba preso en la cárcel de Bouwer, recuperó su libertad.
Como otra parte de la condena, se dispuso una restricción de contacto con la víctima, tratamiento por violencia de género y 75 horas de tareas comunitarias. Además, se le impuso tratamiento psicológico.
Antes de ser condenado, el hombre rompió en llantos en la sala, pidió perdón y le dio toda la razón al fiscal, Marcelo Fenoll, quien lo había acusado y pedido condena.
Sucede que el representante del Ministerio Público Fiscal había “rebajado” la acusación original al entender, tras analizar la prueba y los testimonios, que el comerciante y su empleada habían iniciado una relación personal sentimental incipiente.
Sin embargo, el supermercadista se aprovechó y abusó de ella en un momento que se habían quedado juntos y solos en un cuarto próximo al comercio. Fue una inconducta sexual, dijo el fiscal, quien remarcó que la mujer se había negado a ese contacto físico.
Causa compleja
El episodio bajo discusión judicial sucedió en la siesta del 31 de enero de 2023, en momentos en que el comerciante y la joven se quedaron solos en una habitación de una propiedad colindante al supermercado y donde vivía el hombre, en un barrio de la zona oeste de la ciudad de Córdoba.
En esas circunstancias, el sospechoso habría abusado sexualmente de la mujer en dos camas continuas.
La joven empleada, con el apoyo de sus padres, radicó la denuncia y la causa avanzó a paso firme en una fiscalía especializada en Delitos Contra la Integridad Sexual.
El comerciante chino fue detenido y así llegó a juicio.
Su defensor Hairabedian insistió desde un comienzo en que el hombre y la joven (extranjera) mantenían “una relación consentida, pero sin contacto físico”.
El penalista remarcó que no hubo abuso sexual, que ambos “eran pareja” y que ella lo denunció por consejo de su familia.
Por su parte, el fiscal Fenoll, tras analizar la prueba acumulada y los testimonios de ambos, comprendió que sí hubo abuso sexual, aunque no con agravantes.
En su alegato, el acusador entendió que había que rebajar la acusación, anuló la asimetría entre acusado y víctima y remarcó que, si bien había una relación incipiente entre ambos, hubo una reacción por parte del hombre “no correspondida por ella” y que se tradujo en una inconducta sexual. Pero hubo más: hubo lesiones y amenazas.
Ante el juez Griffi, el fiscal Fenoll pidió tres años de prisión condicional para Wang por abuso sexual simple y por lesiones leves y agresión calificadas por mediar violencia de género y coacción.
Esto fue aceptado finalmente por el juez.
Como es su costumbre, el fiscal le explicó a la víctima cuál iba a ser su pretensión de pena y por qué iba a acusar.
En este caso puntual, habló con la joven y con la madre de ella, quienes estuvieron de acuerdo y le pidieron que se le impusiera al acusado un tratamiento psicológico. Esto fue avalado.
El defensor Hairabedian, por su parte y pese a la condena, destacó el fallo.
Señaló que fue una “concertada labor” entre el fiscal, el juez y la defensa en un acuerdo en el cual víctima y madre prestaron conformidad.
El letrado resaltó que las modificaciones introducidas por el fiscal en la acusación fueron decisivas, ya que todo el cuadro incriminatorio “fue sensiblemente atenuado”.