“Potrero del Estado siempre fue un problema y un antro de corrupción”, señaló el fiscal de la Cámara 8ª del Crimen de Córdoba, Hugo Almirón, cuando pronunció su alegato final para acusar a tres policías que hicieron desaparecer un automóvil del predio que sirve de depósito judicial de la Provincia.
El debate terminó con la condena a los tres agentes de seguridad provinciales, uno de ellos con prisión efectiva, más la destitución para todos. Además, un civil que participó de la maniobra al “adquirir” el vehículo, también terminó con pena de prisión en suspenso.
El juicio se desarrolló en sala unipersonal a cargo del juez Juan Manuel Ugarte.
Dos de los ahora expolicías acordaron con el fiscal un juicio abreviado, mientras que el tercero prefirió discutir la prueba en debate abierto y terminó con prisión efectiva.
Las condenas en suspenso fueron para el sargento ayudante Vidal Alejandro Ozán, quien recibió tres años de prisión y tres años de inhabilitación, y el cabo Mario Alberto Ponti, con dos años y medio de prisión y el mismo lapso de inhabilitación. Ambos se declararon responsables de “hurto agravado por la condición de policía” y “falsedad ideológica”.
En cambio, el sargento Aldo Daniel Oroná, prefirió ventilar la prueba y terminó con una condena de tres años de prisión efectiva, más tres años y medio de inhabilitación. A él también se le adjudicaron más figuras penales por habérsele probado las tres conductas delictivas de la acusación: “falsedad material”, “falsedad ideológica” y “hurto agravado por la condición de policía”.
El civil que terminó “comprando” el auto sustraído, Camilo Javier Cardozo (53), fue hallado responsable (también admitiendo su responsabilidad en trámite abreviado) de “encubrimiento por receptación dolosa agravado por el ánimo de lucro”. También recibió tres años de prisión condicional.
Además de admitir los cargos de la acusación lisa y llanamente, los tres que abreviaron el juicio desistieron la posibilidad de casar la sentencia.
Los hechos
Los hechos de la acusación ocurrieron a mediados de 2022 en el predio de Potrero del Estado ubicado sobre la ruta nacional 36, kilómetro 8,5, en dependencias de la localidad de Bouwer.
El 20 de mayo, ingresó a ese depósito judicial una camioneta Ford Ecosport con su chapa patente original que había sido secuestrada en una causa de violencia familiar (homicidio).

Luego, según la acusación a cargo del fiscal Anticorrupción N° 1 Matías Bornancini, Oroná, Ozán, Ponti y el (condenado en juicio anterior) subcomisario Fernando Daniel Córdoba, acordaron apoderarse de la Ecosport.
Córdoba confeccionó un burdo oficio trucho (era sólo una nota) donde se indicaba falsamente que un ayudante fiscal entregaba el vehículo a un particular.
Cada uno en su rol, el 5 de agosto de ese año Oroná consignó la novedad en el libro de entradas y salidas, Ponti intervino el “oficio” y Ozán falsificó la firma del “particular” con el DNI del mismo. Córdoba y Ozán se llevaron la camioneta y luego se la “vendieron” a otro policía, Carlos Alberto Ponce.
A su vez, ya en un segundo hecho, Ponce le cambió la patente al vehículo por una falsa y volvió a “venderle” la Ecosport a un vecino suyo, Cardozo.
Argumentos del juicio
Al alegar, con acuerdo de abreviado para dos de los cuatro acusados, el fiscal Almirón señaló que ese depósito ubicado al sur de la capital provincial era un “antro de corrupción” y añadió que por eso estaba naturalizado ir allí con el pretexto de buscar repuestos y sacarlos de los autos.
Agregó el acusador que esos vehículos no son propiedad del Estado sino que este tiene la responsabilidad de su custodia para que no desaparezcan y para que cuando la persona interesada pudiera recuperar su automóvil.
Tras dictarse el veredicto, en las últimas horas se conocieron los fundamentos de la Sentencia 99 a cargo del camarista Ugarte, quien señala que los tres uniformados acusados “desde la función policial que ejercían, no sólo la despreciaron, sino que no trepidaron en aprovecharse abiertamente de ella para delinquir, con lo cual la mancillaron significativamente y contribuyeron con ello a engrosar la zozobra que causa en la sociedad este tipo de delitos”.
Sobre la pena a aplicar, a priori señala Ugarte: “Los tres necesitarían el correspondiente tratamiento penitenciario sujeto a pena de prisión de cumplimiento efectivo, a fin de lograr acabadamente su reinserción social”. Luego, agrega el vocal que “en principio, les correspondería (a los tres) similar respuesta punitiva”.
Pero luego aclara: “No obstante lo cual, es de advertir la preponderancia dada por el requirente, en establecer una gran diferencia a favor de quienes confesaron lisa y llanamente su intervención en los sucesos -Ponti y Ozán-; con lo cual, sabido es que han iniciado el camino en pro de esa recuperación”.
Por eso, luego sostiene que la situación varía con Oroná, quien no admitió su responsabilidad y no accedió al juicio abreviado. Sobre la pena de prisión efeciva a él, el juez señala: “Claramente se justifica si sopesamos los alcances de su peligrosidad criminal, expuesta esta: no solo en haber sido el único de los tres funcionarios que desarrolló las tres distintas conductas delictivas cometidas (falsedad material, falsedad ideológica y hurto agravado), sino en el rol protagónico que tuvo al posibilitar el traslado y entrega de la res furtiva” (el auto hurtado).
Absueltos
Como antecedentes similares, hace pocos meses se celebraron otros dos juicios contra jefes policiales por supuesto mal desempeño en los predios de Potrero del Estado.
En junio pasado, la Cámara 10ª del Crimen absolvió al comisario Juan Eduardo Frasinelli, acusado por la sustracción de vehículos en el depósito judicial N° 2, porque el Estado no le había proporcionado los medios necesarios para el resguardo de esas unidades.
Como corolario, se dispuso que el Estado debe pagar más de $30 millones por seis motos robadas de ese lugar.

El otro caso, fue el de quien era subcomisario de la Policía de la Provincia, Carlos Cisterna, quien estuvo acusado de peculado por haber hecho cargas de gasoil para una pala mecánica del predio N° 1 de Potrero del Estado, la que estaba en desuso. Pero en el juicio celebrado en setiembre en la misma Cámara 10ª se demostró que sólo hubo algún error administrativo en la rendición de las cargas y que el combustible fue destinado a otros vehículos de uso en ese lugar.
El problema es que Cisterna había sido destituído antes del juicio, por lo que ahora está pidiendo que lo reincorporen.






















