La Sala 7 de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional confirmó, el 30 de diciembre pasado, el sobreseimiento de la cabo de la Policía Federal (PFA) Yanina María Itatí Marotte, que había sido imputada por el homicidio agravado de Juan Román Maciel Vallejos, uno de los dos jóvenes que le arrebataron su teléfono celular en la madrugada del 6 de marzo pasado, en el barrio porteño de Villa Lugano.
De este modo, el juez Juan Esteban Cicciaro y sus colegas Rodolfo Pociello Argerich y Ricardo Matías Pinto -que intervinieron como subrogantes- confirmaron la decisión de la jueza Karina Zucconi quien había sobreseído a la oficial por cuanto actuó en legítima defensa, tal como lo había planteado el titular de la Fiscalía Nacional en lo Criminal y Correccional N°44, Pablo Recchini, en su dictamen del 15 de agosto pasado.
El caso de Villa Lugano
Cerca de las 6.40 de la madrugada del 6 de marzo pasado, Marotte revisaba su celular tras efectuar una compra en un quiosco ubicado en el cruce de la colectora de General Paz y Mendoza, en Villa Lugano, cuando fue abordada por Maciel Vallejos y otro joven que aún no fue identificado, que le exhibieron dos armas, informó el Ministerio Público.
De acuerdo con la investigación, el hombre no identificado le apuntó a Marotte y le dio culatazos en la cabeza. Junto a Maciel Vallejos -quien portaba una réplica de un arma de fuego- la arrojaron al piso y forcejearon para sustraerle su teléfono celular Motorola E22.
Tras la agresión, y mientras los ladrones se daban a la fuga, la mujer se reincorporó y dio la voz de alto, pero los agresores se mostraron hostiles, por lo que la cabo efectuó dos disparos con su arma reglamentaria. Uno de los proyectiles impactó en el pectoral derecho de Maciel y le provocó lesiones que le ocasionaron la muerte.
La secuencia de los hechos quedó registrada en cámaras de seguridad de la zona, que fueron analizadas por especialistas del Laboratorio de Multimedia Forense de la Dirección General de Investigaciones y Apoyo Tecnológico a la Investigación Penal (Datip) de la Procuración General de la Nación, que dirige Romina Del Buono.
En octubre, a instancias del fiscal Recchini, la titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº15 sobreseyó a la cabo. Sin embargo, la querella que representa a los familiares de Maciel Vallejos recurrió la decisión.
La decisión de la Sala 7
Ahora, los camaristas Cicciaro, Pociello Argerich y Pinto consideraron que debía “homologarse la decisión adoptada, pues se comparte el razonamiento desarrollado en la instancia anterior por el que se entendió que Marotte actuó en los términos del artículo 34, inciso 6°, del Código Penal (defensa propia), ya que ‘en las condiciones en que concretamente se halló, [no] pudo emplear un medio menos ofensivo e igualmente eficaz’”.
Los camaristas indicaron que “no existió provocación” de la imputada y que, “al hallarse durante el forcejeo frente a quien la apuntaba y golpeaba con un objeto que -sin dudas- poseía el aspecto de un arma de fuego -en ese estado difícilmente habría podido distinguir el efectivo poder vulnerante del instrumento-, intentó proteger su propia vida y repeler con la que ella poseía la situación de peligro por la que transitaba, circunstancia que permite constatar la necesidad y racionalidad del medio que empleara en la emergencia, ocasión en la que, por lo demás, no había aún luz diurna”.