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Sucesos / Narcotráfico

Custodia a arrepentidos que ayudaron a desbaratar banda narco

Con sus declaraciones, estas personas permitieron avanzar en una causa por venta de drogas en la ciudad de Río Tercero. Como hay riesgo por sus vidas, un juez ordenó que la Policía de Córdoba los custodiara.

2 de diciembre de 2019,

00:09
Mariela Martínez*
Custodia a arrepentidos que ayudaron a desbaratar banda narco
Decisión. El juez Ramognino ponderó las declaraciones de los hombres condenados y dispuso diversas medidas de seguridad. (La Voz / Archivo)

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  • Con sus declaraciones, estas personas permitieron avanzar en una causa por venta de drogas en la ciudad de Río Tercero.
  • Como hay riesgo por sus vidas, un juez ordenó que la Policía de Córdoba los custodiara.

Los dos dealers arrepentidos que fueron beneficiados en una reciente condena por droga reciben protección especial por su situación de "alto riesgo". Con sus declaraciones, ambos permitieron avanzar en una causa narco.

La custodia se conoció tras difundirse los fundamentos del fallo dictaminado por el juez Marcelo Ramognino, vocal de la Cámara del Crimen de Río Tercero, respecto de la ley del arrepentido aplicada en este caso.

Ambos dealers fueron sentenciados a la pena de dos años y ocho meses en ejecución condicional (en libertad) por el beneficio de la ley 27.304, que contempla la figura del arrepentido.

También fueron condenados a pagar una multa de 162 mil pesos y a realizar tareas comunitarias en una institución de bien público durante un año y cuatro meses, a razón de ocho horas por mes.

La condena fue menor, ya que el delito de comercialización de estupefacientes al menudeo –de competencia provincial– prevé una pena de cuatro a 15 años de prisión efectiva.

Con el aporte de los dealers, la Justicia pudo atrapar a delincuentes que se encontraban en un eslabón superior de la cadena.

Según Ramognino, ambos condenados realizaron “un aporte sustancial para desbaratar la red de comercio de estupefacientes en la ciudad y la zona”.

En esa línea, especificó que “proporcionaron nombres, vínculos entre los señalados, domicilios, modalidad, vehículos utilizados en su actividad y lugares de venta”.

Detalló el magistrado, asimismo, que los nuevos sospechosos “posteriormente fueron imputados por el delito de comercialización de estupefacientes agravada, detenidos y con prisión preventiva a la fecha del fallo”.

Apuñalado en el pecho

Los colaboradores también dieron valiosos datos sobre varios “intermediarios” en este tipo de delitos, según surge de los fundamentos.

El magistrado indicó que los arrepentidos fueron “asediados por personajes del ambiente delictual”. Uno –según indicó– fue apuñalado en el abdomen y en el pecho en el establecimiento carcelario de Villa María.

Luego, al recuperar la libertad, fue amenazado y agredido en la vía pública. “Esa situación motivó la profundización del protocolo de protección de testigos”, se lee en un extracto de la sentencia.

El Cuerpo Especial de Protección de Testigos de la Policía de la Provincia de Córdoba quedó a cargo de la custodia de estas personas, al entenderse que sus situaciones de ahora en más son de alto riesgo.

El juez ponderó que el arrepentido permite “una penetración en organizaciones criminales rompiendo los pactos de silencio a partir de la información que proporcionan quienes las integran”.

Poco después de asegurar que en la “provincia no se registran antecedentes” del arrepentido en este tipo de delitos, destacó que “esta figura siempre fue entendida como una herramienta especial de investigación en delitos complejos para obtener información con el fin de desbaratar el crimen organizado, entre otros”.

Recalcó el funcionario que “es una cuestión de política criminal, en la que el Estado cede parte de su pretensión punitiva en aras de obtener información superior para neutralizar una organización de mayor jerarquía criminal”.

Ramognino, a su vez, dijo que “vendedores, cultivadores, acopiadores, traficantes y toda la cadena de comercialización encuentran en el consumidor su mejor aliado. Así se gesta espontáneamente y sin consenso una red de complicidades no escritas que se nutre de ciertos códigos que son aceptados y respetados como la ley misma por la comunidad de consumidores, último eslabón de la cadena de comercialización. El silencio connivente de las víctimas del flagelo de la droga pone en evidencia las bondades de la figura del arrepentido”.

Tras el juicio, los involucrados ingresaron en el programa de protección de testigos y quedaron con custodia policial. Además se adoptaron otras medidas tendientes a resguardar sus vidas, según dispuso la Justicia provincial.

Declararon y la causa más seria avanzó

Por la ley del arrepentido, dos jóvenes riotercerenses fueron beneficiados en una causa judicial en la que se los acusaba por supuesta comercialización de estupefacientes al menudeo, delito que es de competencia provincial. Ambos se enfrentaban a una acusación penal que prevé una pena de cuatro a 15 años de prisión efectiva. Sin embargo, fueron sentenciados a dos años y ocho meses en ejecución condicional (en libertad) por el beneficio de la ley 27.304, que contempla la figura del arrepentido. Así lo dispuso el juez Marcelo Ramognino. Los dos arrepentidos brindaron información y datos precisos para dar con varios sospechosos de narcotráfico en esa región. Permitieron a los investigadores avanzar hacia un eslabón superior en la larga cadena del narcotráfico local.

Por razones obvias, se omiten las identidades de los condenados.

*Corresponsalía

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