“Porteño” o “Babi” y “Calo Calo”. Los apodos parecen haber complicado la situación procesal de dos presos en una causa en Córdoba por los secuestros extorsivos de dos hermanos peruanos detenidos en la cárcel de Bouwer, en la periferia sur de la Capital provincial, los que fueron trasladados a una celda hasta el pago del rescate.
La Sala B de la Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó el procesamiento y la prisión preventiva, dictados por el Juzgado Federal N° 1 de la misma jurisdicción, en contra de Sebastián Ramón “Porteño” o “Babi” Quiroga Brizuela y Carlos Alberto “Calo Calo” Cejas, como coautores de secuestro extorsivo, agravado por el número de intervinientes y cobro de rescate.
Una tarde de “película”
La gravísima secuencia puertas adentro del pabellón B4, en el módulo MXI, sucedió la siesta del 29 de octubre de 2022 en un lapso de no más de 30 minutos, aunque el hecho se conoció recién en 2024.
Aquel día, según la investigación, el peruano Gustavo Adolfo Gamboa Argomedo miraba televisión en el SUM del pabellón B4 cuando se le aproximó otro reo. “Se me acercó un interno, a quien le decían ‘Porteño’. Es bastante alto. Me preguntó si quería hablar por teléfono con mi familia que estaba en Perú. Primero le dije que no, pero me insistió y me dijo: ‘Vení un rato a la pieza’”.
Tras la invitación de “Porteño”, otro interno, “Calo Calo”, se acercó a Gamboa Argomedo y le susurró algo al oído, de acuerdo con el registro fílmico de la cárcel. “Terminé accediendo y lo acompañé hasta la celda 21″, declaró el peruano.
La situación cambió rotundamente en pocos segundos. “Cuando ingresé, ‘Porteño’ me hizo sentar en un banquito de plástico y sacó de su ropa una cuchilla de más de 30 centímetros. Me golpeó dos veces en la cabeza con la parte plana del acero del cuchillo y me apoyó el filo en la nuca”, narró.
De acuerdo a lo relevado por la Justicia, lo que siguió lo ubicó de forma palmaria en la mecánica extorsiva. “Me facilitó un teléfono y me obligó a que llamara a mi familia. Terminé llamando a mi hermana, que vive en Perú. Me hicieron hacer una videollamada por WhatsApp. Primero me dijeron que hablara tranquilo, pero al cabo de unos minutos me apuntaban con cuchillos en el cuello. El que más hablaba era ‘Porteño’. Él le decía (a la hermana) que tenía que pagar un rescate de dinero o traerle drogas para que no me pasara nada”.
En ese momento, habrían entrado a la celda otros dos internos –entre ellos, “Calo Calo” Cejas y su hermano, Jonathan Gabriel “Mamuel” Cejas (prófugo)– munidos de cuchillas y posiblemente acompañados por otros internos (no identificados). “El cuchillo de Carlos era una cuchilla grande”, graficó.
“Tenía cuchillos en la cabeza”
La instrucción afirma que la hermana de Gamboa Argomedo les dijo que no podía pagar el rescate porque vivía en Perú. La circunstancia obligó a los presos secuestradores a cambiar el destinatario de la exigencia y llamaron a otro hermano de la víctima, residente en Córdoba.
“Lo primero que veo es la cara de mi hermano Gustavo y que tenía un par de cuchillos o puntas apoyadas en la nuca y en la cabeza. Escuché la voz de Gustavo. Lo único que me dijo en ese momento fue ‘necesito droga’”, contó el hermano, que recibió la videollamada mientras hacía compras en un mercado.
Los captores le habrían reiterado la exigencia, a cambio de la liberación: un pago de $ 100 mil o un equivalente de 50 gramos de cocaína. En ese momento, el hermano tenía sólo $ 15 mil en su poder, por lo que pidió prestado a un amigo otros $ 5 mil, para intentar calmar así a los secuestradores.
El procesamiento afirma que en paralelo, Quiroga Brizuela llamó a un cuarto sospechoso, que se encontraba fuera de la prisión, para que aceitara la rudimentaria “logística” de retirar el dinero del rescate. “Quedate allí, que ya va a ir una persona a buscártelo”, habría sido la orden.
El pago se concretó en poco tiempo, en el centro de esta Capital. “Junté $ 20 mil. Al ratito pasó caminando un joven. Me preguntó si yo era Luis. Le dije que sí y le pregunté si venía por lo de mis hermanos. Me contestó que sí y le entregué $ 20 mil”.
Mientras transcurrían los interminables minutos, la víctima habría recibido más amenazas. En medio de la tensión, Quiroga Brizuela y Cejas habrían llevado a la misma celda, también bajo engaño, a Segundo Roberto Gamboa Argomedo, hermano de Gustavo.
A punta de cuchillo, Segundo fue sometido a cautiverio, al igual que su hermano, sostiene la resolución judicial. Tras la entrega del dinero al cuarto sospechoso en la calle, los hermanos fueron liberados en el pabellón.
La causa se destapó cuando sus abogados pidieron a la Fiscalía de Lucha contra el Narcotráfico del Tercer Turno de Córdoba capital, que tenía disposición sobre ellos, que los cambiaran de pabellón por las amenazas que estaban sufriendo.
El fiscal federal N° 3 de esa jurisdicción, Maximiliano Hairabedian, abrió una investigación y pudo establecer el rol de los imputados.
Las víctimas describieron la secuencia, pero no identificaron a los autores con nombre y apellido. Gustavo Gamboa dijo que quien lo llevó hasta la celda y lo amenazó era conocido como “Porteño” y que su cómplice era “Carlos”, alias “Calo Calo”.
Las imágenes mostraron que en sólo cinco minutos, entre las 13.45 y las 13.50, secuencialmente primero “Porteño” y luego “Calo Calo” se acercaron a Gustavo para persuadirlo de acompañarlos a la celda 21. Dos guardiacárceles catalogaron a “Calo Calo” como un “referente” (líder) o “pluma” del pabellón, con mala conducta.
El fiscal pudo determinar, además, que el hermano de los peruanos, que pagó el rescate, recibió aquel 29 de octubre dos llamados por WhatsApp, es decir que se probó una clara relación entre el horario de los llamados y las declaraciones de las víctimas y los penitenciarios.
Se complicó la situación de los presuntos secuestradores
El juez N° 1, Alejandro Sánchez Freytes, procesó a “Porteño” Quiroga Brizuela y “Calo Calo” Cejas. Consideró probados los secuestros por los dichos de las víctimas y del hermano que recibió la videollamada, quien vio a Gustavo amenazado con cuchillos.
Valoró también la declaración de un guardiacárcel que identificó a los sospechosos: Cejas, como presunto “referente” o “pluma” del pabellón, y Quiroga Brizuela, oriundo de Buenos Aires. La descripción física que hizo coincidió con la brindada por las víctimas.
El magistrado sostuvo que la participación de los imputados se encontraría acreditada, además, por el Departamento Antisecuestro de la Policía, ya que identificó a los sospechosos por las filmaciones. Incluso, dos guardiacárceles identificaron a “Porteño Babi” y Cejas.
Mercedes Crespi, defensora pública oficial de Quiroga Brizuela, apeló al considerar que el procesamiento era arbitrario, con una “fundamentación aparente”.
Por su parte, el defensor de Cejas, José Alberto Camacho, manifestó que no se pudo probar que hubiera participado en el secuestro, ya que identificaron a los autores con nombre y apellido. Agregó que la descripción de la fisonomía aportada sobre Cejas sólo acierta en la edad aproximada.
También se quejó porque no se determinó con exactitud cuántas veces los sospechosos llamaron al hermano de las víctimas, quién lo llamó, en qué franja horaria consiguió el dinero para pagar el rescate y en qué horario pasaron a buscar el dinero.
Además, planteó que los guardias declararon no haber tenido conocimiento sobre el secuestro y que no se logró encontrar las líneas telefónicas a nombre de Cejas. Resaltó que no se encontraron teléfonos o armas en poder de Quiroga Brizuela ni tampoco se verificaron las llamadas a los familiares de las presuntas víctimas. Y, específicamente, dijo que en los registros fílmicos no se observó a Cejas que trasladara a ninguna de las víctimas.
Sin embargo, la Cámara confirmó el procesamiento. Sobre el planteo de que los hermanos no pudieron identificar con nombre y apellidos a los imputados, el camarista Eduardo Ávalos recalcó: “Si bien no es dirimente a los fines de determinar la versión incriminatoria, valoro que, en cuanto a Cejas, una de las víctimas aludió al sobrenombre de aquel refiriendo al ‘Porteño’; además de hacer lo propio respecto de otros dos involucrados, a los que identificó como ‘Carlos –apodado Calo Calo–’ y el ´Pelado’”.
“Y no descarto que las víctimas, al momento de testificar, hayan sentido cierto temor, máxime teniendo en cuenta que deben seguir alojados en el mismo establecimiento penitenciario que los imputados, por más que el Servicio Penitenciario haya tomado las medidas para resguardar su integridad”, indicó.
“Tampoco resulta óbice para la acreditación del hecho que los guardias no hayan detectado que se estaría cometiendo un ilícito, ya que resulta conforme a las reglas de la experiencia que los autores pretendan evitar su descubrimiento mediante acciones furtivas”, razonó.
“La circunstancia de que aún no se encuentre identificado el sujeto que habría retirado el dinero del pago del secuestro que logró reunir el hermano de las víctimas para la liberación no determina la improcedencia de la agravante aplicada, teniendo en cuenta la provisoriedad de la calificación”, agregó. Junto con los vocales Abel Sánchez Torres y Liliana Navarro, desecharon los demás argumentos defensivos.