Desde esta semana se observa con creciente inquietud cómo se está abriendo la puerta para que tres fiscales de Río Cuarto sean sometidos a juicio político por presunto mal desempeño en una investigación judicial que permanece sin cerrar.
Los fiscales son Javier Di Santo, Daniel Miralles y Luis Pizarro, quienes en momentos diferentes actuaron en una de las causas más prolongadas y complejas de la provincia: el asesinato de Nora Dalmasso, cometido en noviembre de 2006.
El pedido de jury, un recurso de alta gravedad institucional, fue presentado por el viudo Marcelo Macarrón y los hijos de ambos, quienes acusan a los fiscales de omitir pruebas vitales, desviar líneas de investigación y, en definitiva, contribuir a la prescripción del delito.

La historia es tan dolorosa como absurda: casi dos décadas después del crimen, los familiares no sólo no logran una condena sino que tienen plena certeza de quién es el homicida por una prueba de ADN contundente. Pero la persecución penal estaría prescripta y no habría castigo para él.
La familia señala que los fiscales imputados no actuaron con la celeridad, rigurosidad ni transparencia que exigía el caso. Se los acusa, entre otras cosas, de no haber ordenado una prueba genética clave contra un sospechoso señalado tempranamente; de haber cambiado el foco de la pesquisa hacia la propia familia de la víctima; de hacer un viaje al exterior sin respaldo adecuado, y hasta de haber elevado la causa a juicio acusando nada menos que al viudo, luego absuelto.
Los familiares de Nora denuncian violencia institucional, porque la omisión o demora del Ministerio Público vulnera derechos básicos de las víctimas y de la sociedad: el derecho a una justicia pronta y efectiva, el deber del Estado de investigar el delito y la confianza en el sistema judicial.
Pero este no es un caso aislado. También desde el interior provincial, otra familia de una víctima –la del joven Santiago Aguilera, asesinado tras un secuestro extorsivo en Villa Dolores en agosto de 2022– exige examinar la actuación del fiscal Enrique Senestrari, que intervino en la instrucción.
En los días previos al hallazgo del cuerpo sin vida del joven, durante la instrucción y en el juicio a dos de los responsables del secuestro, los familiares criticaron que Senestrari no indagó al detenido cuando era viable que este aportara datos antes de que asesinaran a Santiago. La ley establece que debe hacerle saber al detenido que puede declarar con beneficios para su situación procesal si colabora. El fiscal no lo hizo y lo postergó varios días, más allá de lo prudente: Santiago apareció muerto pocas horas después.
El reclamo fue superando instancias en la Justicia Federal. Primero, el fiscal fue apartado de la investigación por falta de objetividad; ahora, se lo cita a indagatoria por su actuación.
La gravedad del caso es por el tipo de delito y sus características –secuestro de un joven trasplantado renal, que demandó rescate, tortura y luego muerte–. La familia exige no sólo castigo a los autores materiales, sino que rinda cuentas el fiscal sobre su desempeño en las horas decisivas de búsqueda del joven secuestrado.
La citación a Senestrari parece reproducir la misma sensación respecto del pedido de jury a los fiscales provinciales: una señal de que la máquina del Estado no es inatacable, que también puede ser blanco de investigación y cuestionamiento.
En momentos en que se habla de que la sensación de impunidad es frecuente, sorprenden estos casos en que las instituciones responden también a las víctimas, no sólo para encontrar un responsable. Además, se revisa la conducta de los integrantes del Poder Judicial que incumplen con lo que imponen los procedimientos.
El pedido de jury a los fiscales de Río Cuarto y la indagatoria a Senestrari terminan siendo un ejercicio de ciudadanía, porque las víctimas reclaman que el Estado sea responsable.

En el caso Dalmasso, no abordar una hipótesis investigativa seria permitió la impunidad del homicidio por prescripción de la acción. En el caso Aguilera, el presuntamente deliberado apartamiento de la ley (por no indagar y ofrecer la oportunidad de lo que indica el artículo 41 ter del Código Penal) habría coadyuvado al resultado luctuoso que marcó a la familia Aguilera para siempre y determinó una perpetua para el secuestrador. Dos familias revictimizadas de por vida.
Justicia no es sólo buscar castigo sino también verificar el proceso, la transparencia de los funcionarios, la rendición de cuentas y, finalmente, la reparación de la confianza cívica.
Las víctimas o sus familiares merecen mejores respuestas del Poder Judicial: que se encuentre la verdad, se castigue a los responsables y se sancione a quienes no cumplen con su deber.


























