“El derecho a la visita íntima puede ser analizado bajo la lógica de la progresividad de los derechos humanos y se analiza su ejercicio en dos etapas: la primera, en que la visita íntima tiene por objetivo tutelar el derecho a la vida privada y familiar de las personas privadas de la libertad, y otra en la cual el derecho tutelado por el acceso a la visita íntima incluye el derecho a la salud y a la sexualidad. (…) La sexualidad se considera como parte esencial del desarrollo humano y, en consecuencia, pasa a ser protegida por el derecho a la salud”.
Esa explicación jurídica surge en una reciente resolución de una jueza que puso final a un litigio entre fiscalía y defensores y permitió encuentros íntimos y generales entre el exjefe del Servicio Penitenciario de Córdoba, Juan María Bouvier, y su pareja, Silvia Guadalupe Barbero.
El primero está detenido (y con prisión preventiva) como supuesto jefe de una presunta mafia de penitenciarios que durante años permitió toda clase de delitos e irregularidades en cárceles de Córdoba, sobre todo en el Complejo Padre Lucchesse, más conocido como la Cárcel de Bouwer.
La mujer también está presa (y también con preventiva) acusada de integrar esa misma banda.
¿Qué pasó entonces?
En las últimas horas, la jueza de Control María Celeste Ferreyra aceptó un habeas corpus presentado oportunamente por los abogados Jorge Sánchez del Bianco y Ricardo Moreno, quienes representan a Silvia Barbero para que se permitan nuevamente y se reanuden encuentros privados entre la mujer y Bouvier en la cárcel.
Bouvier se encuentra en la cárcel de varones de Bouwer, mientras que Barbero permanece en el presidio de mujeres del mismo complejo carcelario.
Los encuentros habían sido suspendidos por disposición de la Fiscalía de Delitos Complejos 1, a cargo de Enrique Gavier, donde se instruye la causa de la presunta asociación ilícita de los penitenciarios.
Según pudo saberse, entre los argumentos invocados por el fiscal para oponerse a esos encuentros se encuentran, por un lado, que ambos detenidos están imputados por la misma causa y sus encuentros podrían ser usados para tramar obstáculos para la causa. Por otro lado, el instructor remarcó que no eran esposos ni pareja.
Tras analizar tanto la postura de la fiscalía como los planteos de los defensores, y tomando como base la jurisprudencia y tratados, la jueza resolvió encomendar al SPC que procure todos los medios necesarios a fin de efectivizar los encuentros conyugales solicitados.
La magistrada hizo hincapié en dos puntos: que sea a la brevedad y que la medida se ejecute siempre que la situación y medidas sanitarias así lo permitan.
Encuentros privados y negativas
Este particular litigio judicial se remonta a diciembre de 2023 cuando, tras un pedido de los acusados, el SPC autorizó los encuentros de la pareja.
El 3 de enero de 2024, la fiscalía dispuso que se suspendieran e impidieran los encuentros privados entre ambos imputados.
Tras una nueva presentación, la Dirección de Técnica Penitenciaria del SPC autorizó en junio los encuentros entre el exjefe Bouvier y Barbero. En julio, la fiscalía rechazó esa autorización.
La instrucción les comunicó a ambos que no estaban relacionados de la manera en que alegaban y que los encuentros “afectaban los fines del proceso”.
Hábeas corpus
El pasado 29 de noviembre, los abogados Sánchez del Bianco y Moreno presentaron ante el Juzgado de Control N° 9 un hábeas corpus a favor de Silvia Barbero. Los letrados cuestionaban la decisión del fiscal Gavier al entender que, la prohibición de los encuentros íntimos, era “arbitraria y atentaba contra el derecho a la vida sexual y el fortalecimiento de los vínculos”.
Remarcaron los abogados que el fiscal no los dejaba verse porque ambos son imputados de la misma causa y que no eran pareja. Los letrados expresaron que, no obstante, el exjefe Bouvier comparte pabellón con otros penitenciarios varones presos por la misma causa. Lo entendían como un contrasentido.
Desde el Juzgado se solicitó opinión a la fiscalía y llegó la respuesta en diciembre: desde esta sede se insistía en la no autorización para los encuentros privados entre ambos imputados.
Desde la fiscalía se resaltó la complejidad de la banda y de la causa, al tiempo que se subrayó el rol jerárquico de Bouvier y la posición que ocupaba Barbero presuntamente “en la estructura criminal”. La fiscalía resaltó que la mujer “desempeñaba funciones claves dentro de la misma lo que podría facilitar la coordinación de actividades delictivas durante dichos encuentros”.
Además, sostuvo que acceder a esos encuentros podría poner en riesgo “los fines de la investigación y el descubrimiento de la verdad real”. Se insistió que es una asociación ilícita y que ambos “han tenido un papel preponderante”.
Resolución judicial y encuentros aceptados
Tras analizar ambas posturas, la jueza de Control analizó doctrina y jurisprudencia en torno a detenidos, las medidas privativas de la libertad, los derechos y garantías constitucionales, como así también la ley penitenciaria y falló a favor de la pareja acusada.
La jueza señaló que Bouvier efectivamente comparte pabellón con varios imputados de la causa y que trabajan con y para él en el SPC.
Indicó que ambos llevan más de un año privados de su libertad “lo que implica una afectación significativa a sus derechos fundamentales”.
“No existen elementos concretos que permitan aseverar que el encuentro solicitado por la accionante sea un pretexto para encubrir una reunión destinada a obstaculizar el curso de la investigación”, remarcó la jueza al fundamentar el aval para encuentros de la pareja.
Además, la magistrada remarcó que, si bien Bouvier y Barbero no están casados ni son cónyuges, tienen una relación afectiva.
Mientras tanto, se espera que concluida la feria judicial, el fiscal Gavier siga avanzando contra la presunta mafia penitenciaria y mande las causas a juicio.