En la Cámara 7ª del Crimen de la ciudad de Córdoba se inició el juicio con jurados populares contra dos hermanos que están acusados de matar con alevosía a un vecino de barrio Comercial, de la Capital, a quien habrían buscado por estar identificado con una banda antagónica.
Los detenidos que responden por “homicidio calificado por alevosía” son Carlos Gabriel “Pipo” Cuello (35) y Santiago Facundo Gigena (25) quienes habrían ejecutado a Carlos Alberto Rizzo (48) en una supuesta venganza, ya que lo consideraban cercano a una banda rival en ese sector del sur de la ciudad de Córdoba.
Gigena y Cuello, según datos de la causa, integraban una facción que rivalizaba con otra en el populoso barrio Comercial.
A Rizzo lo habrían señalado como posible proveedor de armas a los de “la contra” y por eso, habrían ido a buscarlo para darle un “ajuste”.
El 14 de enero de 2024, cerca de las 22, se encontraron con él en la vía pública con numerosas personas presentes y hasta con niños en el mismo lugar, de acuerdo a la investigación judicial.
El relato de los hechos, aportado por varios testigos, sostiene que Gigena y Cuello “apretaron” a Rizzo en la iluminada esquina de las calles Balnearia y Capilla del Monte, según surge de la causa.
Allí se produjo un forcejeo entre el primero y la víctima. De manera repentina, Gigena esgrimió una escopeta larga calibre 16 por lo que Rizzo se apartó y le rogó: “No, no me tires”, siempre según el expediente.
Como apreció una intención firme del joven, Rizzo se dio vuelta y trató de huir, pero de inmediato se escuchó un fuerte disparo que impactó en la región derecha de la espalda.
Si bien los perdigones ingresaron por un área no muy difusa, en el interior del cuerpo se abrieron y dañaron varios órganos y vasos sanguíneos.
Rizzo sobrevivió al disparo y fue trasladado de inmediato al Hospital Príncipe de Asturias, de Villa El Libertador, muy cerca del lugar del enfrentamiento.
La primera revisión del herido arrojó que sufrió daños en la región derecha de la cavidad abdominal, hiriendo de gravedad al hígado, el duodeno y el riñón derecho que debió ser extirpado.
A pesar de la atención recibida en la unidad de terapia intensiva del Asturias, Rizzo falleció cuatro días después.
Los agresores fueron detenidos pocas horas después de la agresión y la imputación se convirtió en homicidio calificado por la alevosía.
La hora de la verdad
El juicio comenzó el lunes con el debate conducido por el tribunal integrado por José Daniel Cesano, Patricia Soria y Laura Hubermann.
En la primera audiencia se escuchó la lectura de la pieza acusatoria, la declaración de los acusados que negaron la acusación y se abstuvieron de declarar sobre el hecho y la recepción de los primeros testimonios.
La acusación en el debate está siendo llevada adelante por el fiscal subrogante Fernando López Villagra.
Trascendió por el resultado de la autopsia que la víctima, además de los perdigones del escopetazo, tenía encapsulada una bala calibre 32 que habría recibido años antes de otra agresión.
También se escuchó en la primera audiencia la declaración de uno de los testigos que refirió que los dos acusados “salían de cacería”.
Gigena está señalado como el autor material del disparo, si bien a Cuello se lo considera partícipe necesario porque supuestamente le pasó el arma homicida, por eso comparten la acusación por la misma figura penal.
Ambos son medio-hermanos, ya que son hijos de la misma madre.
Gigena ya registra antecedentes penales, con una condena de la Cámara 3ª del Crimen de Córdoba por diversos delitos, como homicidio calificado por el uso de arma de fuego de operatividad no acreditada (dos hechos), resistencia a la autoridad y amenaza calificada. La condena el 14 de octubre de 2020 fue de tres años y un mes de prisión, lo que cumplió en su totalidad ya que no pudo acceder al beneficio de la libertad condicional debido a que en la cárcel de Cruz del Eje no gozó de buena conducta y era considerado un “pesado”.
El debate por el homicidio de Rizzo continuará este martes, desde las 9.30 con la declaración de más testigos, algunos de los cuales estuvieron presentes en la misma escena del disparo fatal.
El jurado popular debe analizar la acusación de homicidio calificado por la alevosía. Como se indica habitualmente, un homicidio calificado tiene una pena única de prisión perpetua.