En ocasiones, la estrategia defensiva en los homicidios calificados, que implican prisión perpetua, parece reducirse a discutir los agravantes, como una forma de acceder a una pena atenuada. Este podría ser el caso del crimen que esta semana se está juzgando en la Cámara 7ª del Crimen de Córdoba donde se analiza la ejecución en la vía pública de Carlos Alberto Rizzo (48), en barrio Congreso, la noche del 14 de enero de 2024.
Los dos imputados de “homicidio calificado por alevosía” son Carlos Gabriel “Pipo” Cuello (35) y Santiago Facundo Gigena (25), quienes habrían ejecutado a Rizzo en una supuesta venganza, ya que lo consideraban cercano a una banda rival en el “territorio” de ese sector del sur de la ciudad de Córdoba.
Gigena y Cuello, según datos de la causa, integraban una facción que rivalizaba con otra en el populoso barrio Comercial. A Rizzo lo habrían señalado –como indicó un testigo– como posible proveedor de armas a los de “la contra”. Por eso, los hoy acusados habrían ido a buscarlo para darle un “ajuste”.
En el comienzo de la semana se celebraron el lunes y el martes las primeras dos audiencias de este debate oral y público y al escuchar a los primeros testigos se apreció, por un lado, la crudeza con la que habrían actuado los agresores, que mataron por la espalda y a corta distancia con un disparo de escopeta; y por otro, que los requisitos de la alevosía no se estarían cumpliendo con el grado de certeza requerido para el plenario.

Se estableció que primero hubo una discusión, con forcejeos, luego apareció el arma en las manos de Gigena -facilitada por Cuello-, ante esto se escuchó el ruego de la víctima con un “No me tires”, a posteriori el intento de escapar de Rizzo y, cuando este intentó huir, el disparo por la espalda.
En el debate se recibió el testimonio del cirujano Norberto Agüero Ramaccioni que atendió a Rizzo apenas ingresó al Hospital Príncipe de Asturias, quien señaló que luego de compensar a la víctima se lo operó de una herida en la zona lumbar derecha, pero que afectó seriamente la cavidad abdominal con compromiso de varios órganos.
Fue necesaria, en la primera intervención, extirpar parte del hígado, ablacionar el riñón derecho y extraer parte del colon (intestino grueso). Internado luego en terapia intensiva, el paciente no sobrevivió cuando transitaba el cuarto día de internación.
Respecto de la escena del enfrentamiento, los testigos que transitaron por la sala de audiencia apoyaron la acusación que indica que hubo una discusión de dos hombres con un tercero, un forcejeo, la aparición de un arma larga, el intento de huida y el disparo a corta distancia y por la espalda. También hubo quienes identificaron a los supuestos agresores y que los vieron con un arma. De igual modo, uno de los testigos señaló que ese día “salían de cacería”.

Gigena y Cuello son medio-hermanos, ya que tienen la misma madre. Con relación a la responsabilidad del crimen, se le adjudica al primero ser el autor y al segundo partícipe necesario -por haber pasado el arma-, si bien los dos soportan por igual la misma calificación legal.
Sobre las intenciones de “apretar” a Rizzo, trascendió por varios testigos que ambos le adjudicaban a Rizzo proveer armas a los de la banda rival en el barrio. Además, en los días que mediaron entre la agresión y la detención de ambos, hubo quienes los escucharon decir en el barrio: “Eso pasa por andar prestando fierros”.
Tramo final
Este jueves y acaso el viernes se prevé que el juicio tenga sus últimas dos audiencias.
El debate conducido por el tribunal integrado por los vocales José Daniel Cesano (presidente), Patricia Soria y Laura Hubermann, cuenta con Fernando López Villagra como fiscal subrogante. En la defensa de ambos acusados se desempeña el penalista Jorge Pereyra.
Existe gran expectativa respecto de lo que pueda escucharse en los alegatos frente al jurado popular. Como no se estaría verificando con certeza el agravante de la alevosía, se aguarda saber si López Villagra sostendrá esa calificante o si se inclinará por una figura algo más leve.
No obstante, por la crudeza y la violencia del hecho, si el crimen queda encuadrado como homicidio agravado por el uso de arma de fuego no sería extraño que el acusador público se aleje del mínimo de la escala penal que es de 10 años y ocho meses de prisión.

Por otra parte, en esta misma causa están acusados, pero por otros motivos ajenos al crimen, los hermanos David Sebastián, Feliciano y Franco Molina, quienes soportan el reproche legal de abuso (disparo) de arma de fuego, tenencia de arma y amenaza calificada. Se los menciona como integrantes del grupo “rival” de los acusados del homicidio de Rizzo.
Al juicio no se presentó David Molina, por lo que en las próximas horas podría pedirse su captura.