Nervios, contradicciones, resistencia a la autoridad y drogas. El combo no solo desactivó cualquier oportunidad de eludir la responsabilidad de dos hombres en el transporte de más de un kilo y medio de cocaína en proximidades de la ciudad de Villa María, sino que la acentuó.
En un fallo unipersonal del juez Jaime Díaz Gavier, el Tribunal Oral Federal N° 1 (TOF1) de Córdoba capital condenó a Alexis Rodrigo López Alonso (19) y a Alberto Daniel Maldonado (44) a tres años de prisión condicional como coautores de transporte de estupefacientes. Alonso también fue sentenciado por resistencia a la autoridad.
Nervios y cocaína
La tarde del 18 de julio de 2024, ambos circulaban en un Chevrolet Corsa Classic por la autopista Córdoba-Rosario cuando, en el kilómetro 563, cerca de Villa María, fueron controlados por Gendarmería.
Si bien les hicieron señas para que detuvieran la marcha, no frenaron inmediatamente, sino que estacionaron unos 10 metros más adelante, lo cual levantó sospechas. Uno de los efectivos notó que el conductor, López Alonso, se encontraba visiblemente nervioso.
El cabo pensó que quizás tenía el carné vencido, pero le presentó toda la documentación en regla, incluso la cédula del vehículo. Le consultó si llevaba las medidas de seguridad (baliza y rueda de auxilio) y si le podía exhibir el baúl. López Alonso accedió sin problemas.
Los efectivos los hicieron bajar del rodado. Cuando le pidieron al acompañante, Maldonado, que descendiera también del vehículo, observaron una mochila en el piso. Le consultaron si era de él, pero Maldonado respondió que no. Entonces le consultaron a Alonso si le pertenecía y, sospechosamente, dijo que tampoco.
Eso encendió aún más la luz de alerta para los gendarmes. Comenzaron a contradecirse y a atribuirse la pertenencia de la mochila el uno al otro. En el bolso llevaban tres paquetes con 1,6 kilos de cocaína, lo que los terminó “uniendo” en su responsabilidad.
Rápido de reflejos, el conductor (López Alonso) se subió velozmente al rodado, lo puso en marcha e intentó darse a la fuga. Uno de los efectivos se aferró al asiento del acompañante y tras girar la llave de ignición, logró detenerlo unos cinco metros más adelante, no sin antes arrastrarlo.
Haciendo uso de la fuerza pública, se procedió a la reducción y la detención de los sospechosos. El cabo que fue arrastrado declaró en el juicio que el más joven, López Alonso, estaba muy nervioso, que rompió en llanto y les dijo que no quería ir a la cárcel, incluso, les pidió que lo mataran.
En el juicio, López Alonso dio su versión y relató los motivos que lo habrían llevado a delinquir. Dijo que era adicto a la cocaína y que su proveedor era Maldonado, a quien le compraba estupefacientes con habitualidad, incluso que había llegado a deberle dinero, ya que estaba desempleado.
Según su versión, el día del secuestro de la cocaína que llevaban en el auto, Maldonado le había pedido que lo trasladara a la localidad de Pilar a cambio de “perdonarle” parte de la deuda que tenía con él y de entregarle $ 60 mil.
Siempre de acuerdo con su versión, López Alonso señaló que, como no tiene auto, le pidió a su hermana que le prestara el suyo, a quien le dijo que le pagarían por realizar ese traslado. La mujer se lo prestó supuestamente porque él estaba desempleado.
Dijo que buscó a Maldonado por su casa, y que él traía la mochila que luego fue secuestrada con cocaína. En su relato mencionó que fueron hasta Pilar, donde esperó a Maldonado en el auto por casi una hora. Posteriormente, volvieron a Bell Ville, tras lo cual fueron detenidos por Gendarmería.
Remarcó que se desesperó porque Maldonado dijo que la mochila era suya, razón por la que intentó huir. Enfatizó que la droga era de Maldonado y que temió por el auto de su hermana, pero negó tener conocimiento de la situación en la que su dealer se había involucrado.
El fiscal general Maximiliano Hairabedian afirmó que se probó el hecho y la participación de los imputados en él, por lo que pidió cuatro años y tres meses de prisión para cada uno. El defensor de Maldonado, Pablo Galarza, sostuvo que no era cierto que ambos conocieran de la droga y pidió tres años en suspenso.
El abogado de López Alonso, José Maggi, reiteró que su defendido era cocainómano, que le había pedido el auto a su hermana, pero que Maldonado trasladaba la droga. En consecuencia, solicitó su absolución.
“Más allá del intento de los acusados de deslindarse de responsabilidad penal indicando ambos que la mochila no les pertenecía, lo cierto es que la conducta objetiva desplegada por ambos durante el procedimiento evidenció exactamente lo opuesto, esto es, que los dos sabían que trasladaban sustancia prohibida”, dijo el juez Díaz Gavier.
“Las condiciones personales de los procesados me permiten suponer que se encontraban trasladando la droga para alguien más. Es que la cantidad (1.615 gramos) y el tipo de sustancia que tenían en su poder (cocaína), como así también la pureza de la misma, no se corresponde con la capacidad económica aludida por los nombrados en el juicio”, razonó.
“López Alonso dijo encontrarse en ese momento desempleado; y si bien Maldonado se hallaba al tiempo del hecho trabajando en relación de dependencia, también manifestó ser padre de dos menores, a los cuales debía mantener. A su vez, la marcada diferencia de edades entre ellos pareciera indicar que su vínculo respondía únicamente a esos fines”, agregó y los condenó.
Más droga, más condenados en Córdoba
En otra causa, la jueza Carolina Prado, del mismo TOF1, condenó a Mauro Emanuel Rodríguez (31) y a Claudio Gonzalo Romero (27) a tres años de prisión como coautores de transporte de estupefacientes.
Ambos acusados, representados por la defensora pública Ana María Blanco, y el fiscal Hairabedian acordaron un juicio abreviado. Los imputados reconocieron los hechos y su participación delictiva.
El 3 de marzo de 2024 a la siesta, la Policía Caminera los controló en la avenida Circunvalación, de la ciudad de Córdoba, cuando viajaban en un Audi A1 con más de tres kilos de marihuana. Romero llevaba los cuatro “ladrillos” entre las piernas.
“Rodríguez y Romero transportaron, con conocimiento y en forma voluntaria, los 3.074,20 gramos de marihuana compactada con semillas que se secuestró; cantidad que excede ampliamente la mera tenencia o el traslado que hace el consumidor de la sustancia para su propio consumo”, dijo la jueza y los condenó.
Por su parte, la misma magistrada condenó, en otro juicio abreviado, a 12 personas por siete hechos de confabulación para la comercialización y la tenencia de estupefacientes con fines de comercialización.
Los sentenciados fueron Fabricio Iván Torres; Hernán Gustavo “Nacho” Ponce; Osvaldo Sebastián “Kikín” Orellano; Aldana Verónica Herrera; Celina Gisela Gómez Bruva; Fernando Sebastián Seco; Roberto César “Zorra” o “Zorrino” Ferreyra; Estela del Valle Ríos; Gerardo Luis Lasserre; Sandro Guido Zuliani; Javier Humberto Ribotta, y Miguel Ángel Baggini.