Un nuevo pedido de condena de prisión recibió el exescribano Luis María Gontero Cornavaca (54) por el supuesto intento de apropiación de un inmueble en una urbanización de Río Ceballos, en 2015.
En un juicio que se desarrolla en la Cámara 10ª del Crimen de Córdoba, el escribano destituido responde por la supuesta comisión de los delitos de “falsedad ideológica” y “estafa”, mientras que quien habría actuado con él como cómplice de la misma maniobra, Edgar Omar Llenas (60), lo hace por “estafa”.
La acusación sostiene que ambos realizaron diversas maniobras para quedarse con una casa construida sobre dos lotes en Villa Los Altos, de Río Ceballos, para lo cual engañaron a su propietario y otros particulaes para hacer una transferencia a terceras personas.
El debate oral y público es conducido por el vocal (unipersonal) de cámara Juan José Rojas Moresi y cuenta entre las partes con los acusadores públicos, los fiscales Fernando López Villagra (subrogante) y Enrique Gavier (instructor coadyudante), además de un querellante.
El penalista Gustavo Franco defiende en esta ocasión, como en anteriores juicios, a Gontero Cornavaca, mientras que el defensor público Martín Cafure asiste técnicamente a Llenas.
Según la acusación de Gavier, los acusados, aproximadamente en julio de 2015, “se habrían confabulado para cometer un delito contra la fe pública y otro contra la propiedad, a través de la venta fraudulenta de una propiedad inmueble, una vivienda familiar, la cual estaba edificada” sobre dos lotes en Villa Los Altos.
En el primero de los delitos que se le reprocha, la acusación sostiene que Gontero Cornavaca su responsabilidad se da por su calidad de fedatario: “Es él quien ha documentado una realidad que le consta que no es correcta, no es fiel a su deber de salvaguardar la fe pública” y la posibilidad de perjuicio administrativo y patrimonial “es evidente”.

Cuando ya quedan pocas audiencias y todas las partes pronunciaron los alegatos (faltaría una réplica), los acusadores públicos solicitaron en la última vista la pena de cuatro años y medio de prisión para Gontero Cornavaca, lo cual debería unificarse con saldos de penas que debe de dos condenas anteriores.
En tanto, con Llenas, la fiscalía acordó una pena de tres años de prisión en suspenso.
Como ocurrió en otras ocasiones, los fiscales pidieron al juez Rojas Moresi la anulación de la escritura que adolece falsedad ideológica y que se modifique el asiento en el Registro de la Propiedad para que regrese a su estado anterior.
Penas anteriores
Quien hasta hace unos años era escribano titular de un registro notarial ubicado en el centro de la ciudad de Córdoba, recibió con anterioridad dos condenas por sendos procesos penales también instruidos por Gavier en los que fue hallado responsable de maniobras abusando de sus funciones.
Gontero Cornavaca había sido destituido oportunamente por el Tribunal de Disciplina Notarial tras recibir condena anterior por su relación con delitos perpetrados por “La Trenza” o “La Liga”, la organización criminal que copaba los remates judiciales para hacerse de inmuebles a partir de maniobras ilícitas.
Por esto, había recibido una condena anterior de tres años y tres meses de prisión (con un saldo a cumplir cercano a los cinco meses de encierro).
Estando libre, con ese saldo de pena a cumplir, concurrió a su segundo juicio en la primera mitad del año pasado. La fiscal de la Cámara 1ª del Crimen Milagros Gorgas responsabilizó a Gontero Cornavaca por la donación fraudulenta -con falsedad ideológica- de una mujer con dolencias psiquiátricas que no estaba en condiciones de disponer de su inmueble. La acusadora pública entendió que el entonces escribano sabía que se trataba de una maniobra dolosa y no tuvo en cuenta la incapacidad de comprender que sufría la mujer.
A pesar de que Gorgas solicitó una pena de tres años y tres meses de prisión, con unificación en una condena de tres años y seis meses de prisión, el juez unipersonal Mario Capdevila aplicó una condena unificada de seis años de prisión, teniendo en cuenta los antecedentes del exescribano.
En este anterior juicio, el vocal Capdevila lo halló “partícipe necesario del delito de defraudación por circunvención de incapaces y autor del delito de falsedad ideológica”, en concurso ideal. Pero tuvo en cuenta para unificar la pena su antecedente como “miembro de asociación ilícita y autor del delito de falsedad ideológica” (por “La Trenza”) por el que fue condenado a fines de 2021 por la Cámara 10ª del Crimen.
Ahora, lo espera la sentencia de su tercer juicio por presuntas maniobras similares.