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Sucesos / Picada callejera

Picada trágica: apelan el fallo de Villa Warcalde y reclaman agravar el delito

La familia de una de las víctimas pidió que el caso se recaratulara como homicidio simple por dolo eventual. En juicio abreviado, un juez dijo que fue homicidio culposo agravado. Uno de los conductores iba ebrio y corría con el otro a 140 km/h en una calle.   

30 de agosto de 2020,

00:10
Claudio Gleser
Claudio Gleser
Picada trágica: apelan el fallo de Villa Warcalde y reclaman agravar el delito
Desastre. El vuelco del auto en el camino Intercountries se cobró las vidas de dos jóvenes que viajaban como acompañantes. (La Voz / Archivo)

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  • La familia de una de las víctimas pidió que el caso se recaratulara como homicidio simple por dolo eventual.
  • En juicio abreviado
  • un juez dijo que fue homicidio culposo agravado.
  • Uno de los conductores iba ebrio y corría con el otro a 140 km/h en una calle.

La fatídica picada vial de Villa Warcalde, aquel drama automovilístico del verano de 2019 en el que murieron una joven y un muchacho, lejos está de resolverse por completo.

Es que los padres de una de las víctimas fatales, Federico Agustín Cariola (22), se pusieron de pie contra el controvertido fallo “pactado” de la Cámara 12ª del Crimen de la ciudad de Córdoba, que, en un juicio abreviado, condenó a penas mínimas a los dos conductores.

Los querellantes presentaron ahora un recurso de casación para que el caso dejara de ser considerado un homicidio culposo agravado y se agravara con la figura de homicidio simple con dolo eventual.

El pedido fue presentado por el abogado querellante Benjamín Sonzini Astudillo ante la misma Cámara 12ª.

No será simple la pelea legal: primero porque el fiscal del juicio (Gustavo Arocena) no apeló en su momento y hasta se mostró de acuerdo con el juicio abreviado y participó en el acuerdo con la defensa (lo que fue avalado por el juez) a la hora de fijar las condenas. Segundo porque hay escasa jurisprudencia respecto de casaciones de fallos presentadas sólo por las querellas y que hayan prosperado.

Hay, además, otro punto no menor: en Córdoba, por decisión del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), rige una jurisprudencia por la que todos los siniestros viales (hasta los más gravosos) son caratulados como hechos culposos (accidentales) y no dolosos (intencionales).

Hablar de un homicidio culposo es hablar de una imprudencia, de una negligencia. La pena para estos delitos va de tres a seis años de prisión (no siempre efectiva).

Un homicidio simple por dolo eventual, en cambio, se refiere a aquellos conductores que, manejando de manera temeraria para sí mismos y terceros y representándose que pueden matar, siguen adelante con su conducta. Este delito prevé una pena de cárcel mucho mayor: desde ocho hasta 25 años de cárcel.

Por la picada de Villa Warcalde, los conductores Francisco Catalano (24) y Álvaro Manuel Sánchez Pulgar (24) fueron condenados en julio pasado a tres años y ocho meses y a tres años y dos meses, respectivamente. Sólo Sánchez Pulgar está preso. Por el tiempo que lleva detenido, podrá recuperar su libertad pronto.

Ambos fueron condenados por homicidio culposo agravado por el número de víctimas, por el exceso de velocidad y por haberse disputado en una picada; y por lesiones culposas.

Además, el juez unipersonal Gustavo Reinaldi los sentenció a una inhabilitación especial para volver a manejar por cinco años. Sus autos fueron confiscados y serán entregados al Estado.

Los dos jóvenes aceptaron los cargos, se mostraron arrepentidos y pidieron disculpas.

A toda velocidad

La tragedia ocurrió a las 7 de la mañana del domingo 3 de febrero de 2019 a la salida del boliche Arango, en La Calera. Según la causa, Catalano y Sánchez Pulgar se subieron a sus respectivos Volkswagen Vento y Peugeot 208 para emprender la vuelta a Córdoba capital.

En el auto de Catalano se subieron su amigo Mateo Feijoo, Federico Cariola, Camila Suárez y María Costanzo. Con Sánchez Pulgar, en tanto, iba Milton Minoli.

De acuerdo con la causa, ambos conductores pactaron volver corriendo. Los autos (tuneados) salieron a toda velocidad.

Catalano manejaba alcoholizado (con 76 miligramos por ciento de alcohol en sangre) y a 140 kilómetros por hora. Por el camino Intercountries, ambos conductores se iban sobrepasando y haciendo maniobras temerarias entre otros autos y cruzándose de carril incluso.

En una rotonda, el Vento derrapó, chocó y dio tumbos. Murieron Federico Cariola (22) y María Costanzo (19). Los otros jóvenes, incluso Catalano, resultaron lesionados.

El conductor del Peugeot escapó. Luego se entregaría, cercado por las pruebas.

“Un fallo de porquería”

Un año y medio después, las defensas de los acusados y el fiscal Arocena llegaron a un acuerdo para un juicio abreviado. Los acusados admitían todo, se mostraban arrepentidos y, a cambio, recibían una condena menor que la que les podría haber tocado en un juicio ordinario.

El acuerdo fue avalado por el juez Reinaldi.

Un dato no menor: antes de que se llegara a juicio, la jueza de Control Anahí Hampartzounian ya se había opuesto dos veces a un juicio abreviado.

"Ese fallo fue una porquería. Esos pibes manejaban borrachos, iban corriendo una picada, poniendo en riesgo a todos; uno se escapó. ¿Y les dieron esa condena? ¿En un juicio abreviado? Es una porquería", se mostró indignada, ante La Voz, Patricia Díaz, la madre de Cariola. "No hubo justicia", expresó indignada.

La mujer sostuvo que el juicio abreviado “será legal, pero es totalmente injusto. La condena es una burla. Esto no fue un simple accidente, fue un homicidio”, expresó.

La querella apeló

En el juicio, el abogado querellante Sonzini Astudillo dejó asentado que no estaba de acuerdo con el monto de la pena y que no satisfacía a la familia.

En los juicios abreviados, la parte querellante (las víctimas) participan y pueden expresarse en la audiencia. Sin embargo, en la práctica su voz no tiene voto.

Hay fiscales que explican que, antes de llegar a un acuerdo para un juicio abreviado, siempre “hablan primero” con las víctimas.

Días atrás, la familia de Cariola (querellante) apeló el fallo finalmente. No está claro qué hará la familia de la otra víctima fatal, Costanzo.

A través de un escrito, el abogado Sonzini Astudillo requirió que el caso fuera recaratulado como homicidio simple con dolo eventual.

Para el letrado es contradictorio que se admita que hubo una picada (un delito doloso) y que luego el fallo sea una figura culposa.

Tras citar jurisprudencia y analizar fallos y casos, el abogado remarcó que en el hecho de Villa Warcalde hubo “una conducción a muy elevada velocidad, con la presencia de alcohol en sangre”, por lo que debe ser entendido –a su criterio- con la figura de “dolo eventual”.

“Se ha demostrado que la decisión de correr una picada en una arteria principal de barrio lleva a acreditar que los condenados se representaron como probable el resultado de muerte y, no obstante, les resultó indiferente y aceptaron la posibilidad de su producción. Esto coloca su conducta en el terreno del dolo eventual y no en la figura culposa, como erróneamente se ha interpretado”, expresó el querellante en el escrito.

Sonzini Astudillo remarcó que tanto Catalano como Sánchez Pulgar “tuvieron pleno conocimiento y representación de que el protagonizar una carrera callejera, en una arteria urbana, podía resultar con la muerte de personas. Y, aun así, continuaron con su conducir desaprensivo de la vida de los demás y siguieron con la carrera pisando el acelerador para ganar la competencia”.

El abogado insistió en que hubo una “gravosa arbitrariedad” del juez Reinaldi al considerar la picada como algo doloso, y el delito como algo culposo.

Remarcó que quien “decide correr una carrera callejera con su rodado a gran velocidad, asumiendo violar el límite legal de las velocidades y provocando la muerte de personas, transforma su auto en un arma de poder ofensivo”.

Esta conducta –indicó el letrado– no puede ser encuadrada en un mero hecho de imprudencia.

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