Elfiscal Leonel Gómez Barbella solicitó enviar a juicio al arquero de Sarmiento de Junín, Lucas Mauricio Acosta, acusado de haber amenazado de manera coactiva a su expareja y por la difusión no consentida de un video íntimo.
El caso de Lucas Acosta
El caso se remonta al 19 de julio del año pasado, cuando la víctima encontró una amenaza explícita en una nota anónima hecha con recortes de diarios, dejada en el parabrisas de su auto en la localidad bonaerense de Vicente López, publicó Infobae.
El mensaje decía: “Hija de puta, si no dejás a tu novio subo el video”. Horas después, el temor se volvió realidad: un video íntimo suyo junto a Acosta fue difundido sin su consentimiento a través de una aplicación de mensajería, según pudo reconstruir el fiscal a partir de capturas de pantalla y testimonios.
La mujer fue advertida de la viralización del contenido a través de TikTok por un usuario que le envió la imagen del video circulando en un grupo, junto a un enlace a su perfil y una foto suya con una amiga.
El 20 de julio presentó la denuncia ante el Centro de Atendedores de Denuncias (CAD) de la Policía de la Ciudad. Poco después, el 14 de agosto, Acosta volvió a contactarla con nuevas amenazas: “¿Así que me denunciaste? Hija de remil puta, ahora cuidate porque te mando a matar”, le dijo por teléfono, y luego reforzó el mensaje por WhatsApp: “Así que me denunciaste hdp, cuidate porque te mato”.
La defensa de Acosta y la posición del fiscal
En su declaración indagatoria, el futbolista negó las acusaciones. Dijo que no había estado en Buenos Aires en la fecha señalada, salvo por trabajo, que no usaba activamente la aplicación Telegram y que su teléfono había sido robado. También aseguró no haber sido notificado de quién lo denunció.
Pese a eso, el fiscal Gómez Barbella consideró acreditado que fue Acosta quien entregó a terceros información sensible de la víctima —como su número de teléfono, lugar de trabajo y el video íntimo— y que conocía su entorno personal, como lo demuestra una imagen compartida con una amiga de la mujer.
Una de las líneas utilizadas para concretar las amenazas había sido atribuida inicialmente a una mujer, quien fue desvinculada del caso en diciembre de 2024.
Violencia digital y perspectiva de género
El fiscal enmarcó el accionar de Acosta en la Ley de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (N.º 26.485) y en la Ley Olimpia, que reconoce la violencia digital como una forma de agresión basada en el género. Señaló que el objetivo del acusado fue vulnerar la dignidad e intimidad de la víctima mediante la exposición pública de contenido sexual sin consentimiento.
La figura legal propuesta es la de amenazas coactivas reiteradas, en calidad de autor. Por ello, el fiscal solicitó la elevación de la causa a juicio oral y público.
Si es hallado culpable, Acosta podría enfrentar una pena de prisión efectiva, dado que los delitos se agravan en el contexto de violencia de género y por la modalidad de difusión digital.