El fiscal Carlos Fioriti solicitó este jueves 14 años de prisión e inhabilitación perpetua para Rubén Omar Rivas, el enfermero del Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur (Inareps), acusado por abuso sexual gravemente ultrajante agravado de una compañera y de vejaciones de pacientes afásicos.
La audiencia se celebró en la sala del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata, que estuvo integrado por los jueces Roberto Minguillón, Martín Poderti y Roberto Falcone, según informó el Ministerio Público Fiscal.
El caso se inició a partir de una denuncia realizada en septiembre de 2021 por parte de una enfermera que dio cuenta tanto del hecho del abuso sexual y de los malos tratos que tuvieron lugar, en el la misma institución, en 2017. El caso llegó al fuero federal -fundado en que el escenario de los hechos es un establecimiento nacional- después de la inhibición de la Justicia bonaerense.
Los hechos y las pruebas
El fiscal Fioriti puso en valor el testimonio de la víctima, quien en sus declaraciones, tanto en juicio como previamente en el fuero federal y en el provincial, “no mostró contradicciones ni fisuras” y se expresó con “veracidad, verosimilitud y coherencia”.
El acusador explicó que la mujer no pudo revelar enseguida las situaciones ultrajantes por tocamientos que padeció. “La víctima de este tipo de hechos no habla cuando quiere, sino cuando puede”, reparó Fioriti.
El fiscal describió que la mujer rompió en llanto en medio de una crisis nerviosa y alertó a las enfermeras que estaban en ese momento de turno en la madrugada del 15 de agosto de 2021, unos días después del hecho, que se estima sucedió entre el 1 y el 11 de agosto de ese año. En tal sentido, el fiscal expuso que, cuando las enfermeras fueron hasta la habitación, la mujer les relató la agresión sufrida, tras lo cual tomó intervención la médica clínica que esa noche estaba de guardia.
En ese contexto, prosiguió Fioriti, la víctima también manifestó temor ante la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba y la lejanía de su familia, dado que estaba en el Inareps porque había sido trasladada desde otra localidad bonaerense para recibir atención a raíz de que había sufrido un ACV isquémico.
Luego, el fiscal analizó el resto de la evidencia y repasó uno por uno los testimonios escuchados durante el debate, entre ellos el de una médica psiquiatra, quien testificó que la conducta de la mujer es congruente con una situación de abuso y descartó elementos de fabulación. “El cuadro probatorio cierra a la perfección, como un rompecabezas”, consideró.
En relación al segundo hecho juzgado, que tuvo como víctimas a dos hombres que no tenían posibilidad de reaccionar o defenderse por encontrarse afásicos, el fiscal sostuvo que también quedó probado. Recordó que durante el juicio se escucharon testimonios de familiares que dieron cuenta de las situaciones de maltrato por parte de Rivas, como bañarlos con agua fría, decirles expresiones humillantes, arrojarles agua sobre las heridas de sus traqueotomías, pegarles y “revolearlos” sobre sus camas.
Agregó que enfermeras que declararon en el caso dieron cuenta de que los malos tratos eran diarios y que fueron cometidos durante 2017, cuando estos dos hombres estuvieron internados.
Luego de fundamentar la calificación legal, y antes de requerir la pena, el fiscal puso de relieve la extensión del daño sufrido por las víctimas: las consecuencias crónicas del abuso y el estado de ánimo que no volvió a ser el mismo para la mujer. Mencionó también que una de las víctimas de malos tratos falleció esta semana, días después de su declaración y antes de conocerse la sentencia.
Enfoque de género
Al iniciar su alegato, Fioriti reparó en el compromiso internacional asumido por el país a través de distintos tratados, como la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (Cedaw) y la Convención de Belem do Para. “Nos encontramos ante un hecho que debe ser analizado bajo una mirada de género”, sostuvo en relación al caso del abuso sexual agravado.
En este sentido, sostuvo que incorporar esta perspectiva “implica desprenderse de estereotipos y prejuicios discriminatorios y patriarcales a la hora de percibir los hechos y de interpretar las normas, para poder superar la igualdad formal y llegar a una igualdad real entre quienes participan del proceso”.