El empresario textil Gustavo Favio Arce, dueño de la firma Agustino, fue sobreseído por la Justicia federal de Córdoba de la imputación que pesaba sobre por presuntos delitos de evasión fiscal agravada y lavado de activos de origen delictivo, bajo lo que estuvo investigado durante seis años.
Arce es titular de Agustino, una firma largamente conocida en Córdoba, que hasta supo presentarse como la proveedora oficial de la indumentaria del propio gobernador, Juan Schiaretti, y aprovisionó de camperas a la Policía provincial (a través de Tendencias Group SRL).
La última novedad en la causa penal en la que estuvo imputado se conoció por estas horas, luego de que el juez federal N° 2, Alejandro Sánchez Freytes, dictara el sobreseimiento de Arce y otros acusados.
La causa contra Gustavo Arce
La investigación se inició en agosto de 2018, cuando la entonces Administración Federal de Ingresos Públicos (ex-Afip, hoy Arca) presentó una denuncia por presuntas maniobras financieras delictivas.
El caso recayó en la Fiscalía Federal N° 2, del entonces instructor Gustavo Vidal Lascano, quien armó un equipo especial para comenzar a analizar la denuncia.
Las sospechas iniciales aludían a una empresa con supuestas conexiones financieras con Agustino Cueros SRL, pese a que esa denominación formal ya había sido dada de baja por Arce en 2013 (se llama Agustino).
De este modo, en la causa de 2018, la sospecha del fiscal era que varias compañías habían sido creadas de manera fraudulenta por Arce con “testaferros” a su cargo para “ocultar su verdadero carácter de dueño, atribuyéndosele participación en cinco hechos de evasión tributaria agravada durante 2016 y 2017”.
Así es que otras 10 personas (entre ellas, empleados o costureros de la firma) fueron imputadas, bajo la hipótesis de que habrían actuado como “testaferros” de Arce al constituirse como titulares registrales de una serie de vehículos a pesar de no haber podido justificarlos con sus ingresos declarados.
Para Vidal Lascano, el empresario habría puesto en circulación más de $ 13.231.118, dándole apariencia legal, con los que presuntamente los “testaferros” habrían realizado compraventa de vehículos de alta gama.
El fiscal pidió la detención de Arce en 2019 tras una serie de allanamientos en su domicilio y en otros inmuebles.
Consultado Arce sobre el sobreseimiento, indicó: “La misión del fiscal Vidal Lascano era meterme preso. Se comprobó en estos seis años que no hubo ningún delito. El vejamen a que nos sometió Vidal Lascano fue tremendo”.
“El dolor que tengo adentro no me lo puedo sacar, pero tengo el gran alivio de que yo sabía que iba a quedar sobreseído”, dijo. Y agregó: “Me preguntan si voy a hacer juicio al Estado. No lo voy a hacer porque en realidad después lo termina pagando el pueblo; y no lo digo como un acto de demagogia. El que tiene que pagar las consecuencias se llama Vidal Lascano, porque él es la persona que actuó con animosidad”.
Arce destacó la tarea de su letrado, Agustín Díaz-Cafferata. “Realmente trabajó día y noche para demostrar que todo esto era injusto. Es una sentencia sin precedentes, pero el daño que provocaron a mi empresa es totalmente irreparable”, cerró.
Pedido de sobreseimientos y fallo
En febrero y marzo de este año, el fiscal Carlos Casas Nóblega solicitó al juez los sobreseimientos de todos los imputados, ya que no se pudo comprobar que los bienes hayan provenido de ilícitos o que los imputados hubieran participado en alguna maniobra de lavado.
Mencionó que no habían surgido elementos de interés penal, según los datos proporcionados por Rentas, los registros del Automotor, Registro de Inmuebles, la Unidad de Información Financiera (UIF) y el Banco Central.
Al respecto, señaló que las adquisiciones de algunos de los vehículos (Audi Q5, BMW Cabrio, Peugeot Partner, Ford Ka, Peugeot Boxer, Peugeot Confort, Fiat 500 y otro rodado) se efectuaron antes de la fecha de los presuntos delitos precedentes (es decir, antes de 2014), lo cual excluía la posibilidad de establecer que tales fondos provenían de ilícitos precedentes al lavado.
Casas Nóblega también indicó que los fondos utilizados por la firma Camino del Rey para la compra de un BMW 525D (a nombre de la empresa y usado por Arce) provenían de ingresos por ventas habituales de ropa de vestir, según la declaración jurada. La compañía declaró un ingreso de $ 1.058.342, de los cuales dijo haber destinado $ 790 mil para la compra del rodado, por lo que no se pudo comprobar que el dinero proviniera de actividades ilícitas.
Sobre una Ford Ranger, registrada a nombre de Agustino por $ 700 mil, el fiscal señaló que fue obtenida en cuotas como parte de un contrato prendario, sin que ningún elemento permitiera abonar la sospecha de que los pagos se realizaron con activos ilegales.
Por su parte, mencionó que un Audi A7 (adquirido por $ 950 mil), un Nissan ($ 225 mil) y un Fiat Lounge ($ 405 mil) totalizaron (a valores de años atrás) $ 1.580.000, que no superaron la cifra de $ 1.875.000 (de marzo de 2019) de condición objetiva de punibilidad. Al no superar el monto, el Código Penal establece una multa que, en el caso, prescribió.
“Dado el análisis del fiscal, al que adhiero en su totalidad, y los fundamentos en relación a la ley penal mas benigna en mi decisorio anterior (el sobreseimiento de la esposa de Arce, Margarita Isabel Martino, por modificaciones en la ley respecto a los montos para la configuracón de punibilidad de lavado), sumado a la recalificación de la conducta en un lavado menor atento el monto que quedó vigente de los bienes que finalmente deben tenerse en cuenta en la supuesta operación, es viable examinar el plazo de prescripción y declarar extinguida la acción penal por prescripción y sobreseer a los imputados” por la acusación de lavado, sostuvo el juez Sánchez Freytes.
En cuanto a la evasión fiscal achacada a Arce, por $ 4.033.764, del IVA de 2016 por parte de la firma Domenico SRL (ex Agustino Cueros SRL), el fiscal consideró que debía hacerse lugar al pedido de sobreseimiento del empresario porque la compañía ya había regularizado sus obligaciones tributarias.
El juez hizo lugar a los pedidos del fiscal y sobreseyó a todos: Gustavo y su hijo Agustín Arce; y a los apellidados Pucheta, Solís, Salinas, Pérez, Alfonzo, Dutrus, Mior y Acuña.
“El dictamen fiscal se encuentra válidamente formulado por encontrarse fundado objetivamente en las pruebas, y sus conclusiones aparecen como una derivación razonada de ellas, a la vez que fue realizado en ejercicio de las atribuciones legales propias del Ministerio Publico, en resguardo de las garantías constitucionales del debido proceso, y que la parte querellante (Arca) ha omitido pronunciarse”, sostuvo en esta ocasión Sánchez Freytes.
Quién robó las tablets de la ex-Afip
En 2021, y en el marco del expediente principal, Sánchez Freytes había ordenado la desintervención de los dispositivos electrónicos secuestrados que faltaban ser sometidos a análisis.
Al solicitarle a la ex-Afip, como depositaria legal, que desinterveniera los elementos digitales guardados en su depósito, llegó la sorpresa. Cuando una contadora abrió el armario en la oficina de División de Fiscalización N° 1 y extrajo la caja rotulada como “Tendencias Group-Enviar a Juzgado”, encontró dos sobres rotos y vacíos, sin el iPad (ni el cargador) y la tablet Samsung Galaxy Tab.
En la misma caja sí se hallaron, en cambio, los demás elementos secuestrados en la causa, en excelente estado: un CD TDK con copias de archivos y dos pendrives, uno identificado como “Gustavo”. La Dirección General Impositiva (DGI) denunció el robo.
A la oficina (contaba con medidas de seguridad) sólo tenían acceso con llave los jefes de la división y sus reemplazantes, pero no existían en ese momento cámaras de seguridad, por lo que no fue posible determinar quién sustrajo los dispositivos.
El fiscal federal N° 3, Maximiliano Hairabedian, solicitó el archivo de la investigación al considerar que ya no restaban medidas para avanzar. El juez finalmente archivó la pesquisa.
Nunca pudo determinarse entonces si las tablets contenían información relevante para la causa.